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Certificaciones

 
Poderes: para la elaboración de un poder, el interesado deberá presentar documentos de identificación tales como cédula o pasaporte, nombre completo, número de cédula de identidad y dirección de la persona a autorizar. En caso de propiedades, cuentas bancarias o vehículos deberán suministrarse datos catastrales, ubicación del inmueble, nombre y dirección del banco, número de cuenta o certificado, datos del vehículo, etc.

Otros documentos: declaración de soltería, reconocimiento de menores, declaración jurada, autorización de matrimonio de un menor, testamentos, contratos (venta, hipoteca, otros)

Legalización de firmas: Todo documento destinado a exhibirse ante funcionarios públicos dominicanos, administrativos o judiciales, deberá tener legalizada la firma por la misión consular de la jurisdicción en que fuere expedido. Los funcionarios consulares legalizarán las firmas de las autoridades, notarios y demás oficiales públicos, siempre que dichas firmas sean puestas en su presencia o estén registradas en los archivos del Consulado.

Traducciones: Las misiones consulares ofrecen servicio de traducciones de documentos originados en el país donde se requiere de la traducción.

LAGALIZACIONES

La sección de legalizaciones de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores tiene como función la autenticación de firmas de documentos emitidos por las autoridades oficiales en el exterior legalizadas por nuestras misiones consulares y diplomáticas y los documentos emitidos por las autoridades públicas dominicanas.

Por cada tipo de documento a legalizar, se debe pagar un monto específico por concepto del recibo más otro adicional por concepto de sellos de la Dirección General de Impuestos Internos.

Requisitos exigidos:
Documentos procedentes del exterior: Deben ser legalizados previamente por el Consulado Dominicano del lugar de origen del documento.

Documentos con destino al exterior:
- Documentos generados o firmados por abogados-notarios públicos deben ser previamente legalizados en la Procuraduría General de la República.
- Documentos y/o certificados médicos en los que se da constancia de salud o se explique algún tratamiento médico deben ser previamente legalizados en la Secretaría de Estado de Salud Pública.
- Actas de nacimiento, matrimonio, divorcio y defunción deben ser previamente legalizadas en la Oficina Central del Estado Civil.
- Sentencias de divorcios y de otro tipo emitidos por un juez deben ser previamente legalizadas en la Procuraduría General de la República.
- Record de notas, diplomas de escolaridad y certificados escolares hasta bachillerato deben ser previamente legalizados en la Secretaría de Educación.
- Record de notas, diplomas, certificados universitarios de instituciones privadas deben ser previamente legalizados en el Consejo Nacional de Educación Superior (CONES). Estos mismos documentos emitidos por la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD) pueden ser depositados directamente para su legalización sin tener que dirigirse al CONES.
- Certificados y/o autorizaciones para importación de productos farmacéuticos deben ser previamente registrados en la Secretaría de Salud Pública.
- Traducciones de documentos al idioma español o del español a otro idioma por un intérprete judicial deben ser previamente legalizadas en la Procuraduría General de la República.
- Certificado de no-delincuencia o buena conducta:
Cuando el certificado es emitido por la Procuraduría Fiscal debe ser previamente legalizado en la Procuraduría General de la República.
Cuando es emitido por la Policía Nacional puede ser depositado en la Sección de legalizaciones para su autenticación.
- Diplomas y certificados emitidos por instituciones privadas deben ser notariados y luego legalizados en la Procuraduría General de la República.

 

 
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